IEE desecha denuncia del PAN contra Cruz Pérez Cuéllar por presuntos actos anticipados de campaña

El Instituto Estatal Electoral (IEE) de Chihuahua desechó la denuncia presentada por el Partido Acción Nacional (PAN) en contra del alcalde con licencia de Ciudad Juárez, Cruz Pérez Cuéllar, y del partido Morena, al determinar que no existen elementos que acrediten una posible infracción a la legislación electoral por presuntos actos anticipados de precampaña o campaña.

La queja, presentada el pasado 15 de julio, señalaba que Pérez Cuéllar había manifestado públicamente su intención de buscar la gubernatura de Chihuahua en el proceso electoral de 2027. Como parte de las pruebas, el PAN aportó publicaciones en medios de comunicación y diversas notas periodísticas, además de referir la difusión masiva de un mensaje de texto en teléfonos celulares de usuarios registrados en el estado.

Sin embargo, tras el análisis del expediente, el IEE concluyó que los hechos denunciados no constituyen una posible violación en materia de propaganda político-electoral, por lo que determinó desechar la denuncia.

El organismo electoral recordó que la Ley Electoral del Estado de Chihuahua establece que los actos anticipados de campaña o precampaña deben contener llamados expresos al voto a favor o en contra de una candidatura, partido político o precandidatura, así como solicitudes directas de apoyo para participar en un proceso electoral.

En su resolución, el Instituto precisó que la simple referencia al nombre de una persona, a sus aspiraciones políticas, a un partido político, a un cargo de elección popular o a una futura contienda electoral no es suficiente para configurar un acto anticipado de campaña o precampaña.

Asimismo, indicó que el mensaje señalado por el denunciante no contenía exhortos para participar en un proceso interno de selección de candidaturas, votar en encuestas partidistas, respaldar una postulación, afiliarse a un partido político, asistir a eventos, recabar firmas o realizar cualquier otra acción encaminada a obtener una candidatura o un cargo de elección popular.

Con base en estas consideraciones, el Instituto Estatal Electoral determinó que no existían elementos jurídicos suficientes para dar trámite al procedimiento sancionador solicitado por el PAN.

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